Catalina Andramuño dijo que sancionará a las personas que difundan imágenes de pacientes con coronavirus

Al aeropuerto José Joaquín de Olmedo, y hasta su traslado a otra casa de energía quedaron registrados en fotos y videos que se difundieron a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería a continuación de la comprobación del primer acontecimiento del coronavirus en Ecuador el pasado sábado. Se trataba de una calmoso que había llegado de España el 14 de febrero y que detrás la prueba respectiva dio positiva para Covid-19.

Respetemos la vida

Ante esto, la ministra de Salud, Catalina Andramuño, dispuso una exploración y aseguró que sancionará a las personas que difundieron las imágenes.

“Al descubrir el cuestión, hablé con los familiares y fueron bastante prestos a colaborar continuamente y en el momento que no se difunda el nombre de su madre y malo fotografías. Llamo a la ciudadanía, que por amparo, no difundan ese patrón de mensajes, que, respetemos la vida de la paciente y de sus familiares”

Una hospital privada, en donde se atendió a la señora, presentó una denuncia penal contra una persona que, según los registros de las cámaras de seguridad, habría grabado un video y viralizado las imágenes adentro de la Unidad de Cuidados Intensivos de la casa de salud. El incidente se dio empalizada de la medianoche del 28 de febrero.

Ley de Derechos y Patrocinio al Enfermo

De resolución al Código Orgánico Integral Penal (COIP), la publicación del secreto (delito fijado en la denuncia) tiene una pena privativa de libertad de seis meses a un año y consiste en que la mujer por su estado u oficio, empleo, profesión o arte, de un secreto cuya divulgación pueda determinar daño a otra mujer y lo revele.

Además a esto, el entendido habría violáceo el artículo cuatro de la Ley de Derechos y Patrocinio al Enfermo, que señala: “todo manso tiene derecho a que la opinión, examen, evaluación, discusión, tratamiento y cualquier arquetipo de averiguación relacionada con el recurso médico a aplicársele, tenga el carácter de confidencial”.

Códigos de ética

El abogado penal Kléber Siguencia señala que esta pauta competente aun puede encontrarse enmarcada en una violación a la confianza (artículo 178). Este delito es sancionado con prisión de uno a terna años y contempla la sanción a quien, escaso contar con el aprobación o la aquiescencia justo, acceda, intercepte, examine, retenga, grabe, reproduzca, difunda o publique datos personales, mensajes de datos, entrada, audio y vídeo, objetos postales, averiguación contenida en soportes informáticos, comunicaciones privadas o reservadas de otra persona por cualquiera medio. Aclara que por el único crimen que la hombre podría ser juzgada es por la que fue denunciado, pero la Fiscalía podría reformular cargos.

“No se encuentra ninguna mujer autorizada a dispersar imágenes adentro de un centro hospitalario, únicamente porque se encuentra en un comarca reservada y en un demarcación adonde se protege la familiaridad de la hombre y asimismo en el espacio de la manifestación de la historia hospital, actualmente se expone esa parte íntima de la persona… En esta profesiones tanto la medicina existen ciertos códigos de ética que coadyuvan al correcto ejercicio de la profesión”, precisó.

 

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